Contexto legal nacional

En el texto anterior ha leído sobre las posibilidades de aplicar la JR en la Unión Europea. Lea el siguiente texto sobre el marco legal nacional de su país.

Marco legal nacional sobre justicia restaurativa en España

Si bien el Código Penal no menciona la justicia restaurativa, la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, que modifica el Código Penal, posibilita la implementación de la justicia restaurativa en caso de delitos menores. Esta reforma legal menciona, por primera vez, la “mediación penal” entre adultos, flexibilizando la normativa sobre la suspensión de las penas de prisión que no superen los dos años.

El reglamento que delimita los contornos de la justicia restaurativa es el Estatuto de la Víctima de 2015 (que supone la transposición de la directiva europea). En consonancia con el enfoque centrado en la víctima que ofrece el Estatuto, la justicia restaurativa se conceptualiza en torno a las víctimas y sus necesidades.

A pesar de este desarrollo legal, el único ámbito en el que el ordenamiento jurídico español ha apostado decididamente por la justicia restaurativa -en concreto, la mediación penal- es el procesamiento penal de menores, mediante la Ley Orgánica 5/2000 que regula la Responsabilidad Penal de Menores, y el Real Decreto 1774/2004 por el que se desarrolla el reglamento de dicha ley.

Principales facilitadores para la aplicación de la justícia restaurativa (en caso de delitos de odio anti-LGTB)

A diferencia de la legislación sobre violencia de género, que prohíbe explícitamente la aplicación de la justicia restaurativa, no existen barreras legales para la aplicación de la justicia restaurativa en caso de delitos de odio anti-LGBT.

Principales barreras para la aplicación de la justícia restaurativa (en caso de delitos de odio anti-LGTB)

La justicia restaurativa no está sólidamente establecida en el ordenamiento jurídico español. La falta de una regulación legal hace que su aplicación dependa de la voluntad de las administraciones regionales o los jueces. En consecuencia, se requiere de una ley de justicia restaurativa para establecer los límites y procedimientos de su aplicación, sin limitar su uso al tipo y gravedad del delito.