Contexto Europeo

Los derechos que afectan a las personas LGTB en la Unión Europea están protegidos por varios tratados y leyes. Para saber qué derechos están protegidos en todos los Estados de la UE y qué diferencias importantes existen entre los Estados de la UE con respecto a los derechos LGTB, lea el siguiente texto.

El estatus legal de las personas LGBT

A nivel de la UE, en 2015 la Comisión Europea presentó la “Lista de acciones para mejorar la igualdad LGBTI” y en noviembre de 2015 introdujeron la primera Estrategia de igualdad LGBTIQ (2020-2025). Dicha estrategia incluye acciones en cuatro pilares: 1. Atajar la discriminación contra las personas LGBTIQ; 2. Asegurar su seguridad; 3. Construir sociedades inclusivas para las personas LGBTIQ; 4. Liderar la causa de la igualdad LGBTIQ en el mundo. Estos objetivos se conjugarán con la implementación del principio de igualdad en todas las políticas, la legislación y los programas de financiación de la UE.

A pesar de esto, el estatus legal de las personas LGBT cambia entre Estados miembros, desde la protección y reconocimiento constitucional de las personas LGBT (Malta o Finlandia) hasta aquellos con poco o ningún reconocimiento legal, como Chipre o Hungría. En 2020 el matrimonio igualitario y la adopción para parejas del mismo sexo están limitados a algunos países (Austria, Bélgica, Malta, España), mientras que derechos amplios para las personas trans, como la autodeterminación, también están limitados. Estas cuestiones están reguladas país por país

La protección de las personas LGBT en Europa contra delitos de odio anti-LGBT

El Tratado de Ámsterdam y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE se refieren a la prohibición de la discriminación basada en la orientación sexual, mientras que las personas trans e intersex han recibido una menor protección en base a resoluciones del Parlamento Europeo y casos del Tribunal de Justicia de la UE. Más allá del marco de la UE, la legislación sobre delitos de odio varía entre Estados miembro. No todos los países incluyen la orientación sexual y la identidad y expresión de género como estatus protegido, y algunos países ni siquiera contemplan los delitos de odio como una categoría especial.

Los derechos de las víctimas de delitos de odio anti-LGBT en Europa

La “Directiva de derechos de las víctimas”  (2012/29/EU) establece derechos mínimos para víctimas de delitos en la UE. El párrafo 56 aborda la identidad de género y la orientación sexual al tratar las necesidades de las víctimas y la necesidad de que las evaluaciones consideren “el tipo o la naturaleza del delito y las circunstancias del mismo, por ejemplo, si se trata de un delito por motivos de odio, prejuicios o discriminación”.